AUXILIO MECÁNICO

En la eventualidad de una ocurrencia de emergencia o accidente, el CONCESIONARIO está obligado también a dar atención en segunda instancia, para lo cual dependiendo del caso específico se procederá a la atención primaria con carrotaller en caso de fallas mecánicas y/o traslado de los vehículos accidentados hasta la estación de servicio más próximo.

En el caso del traslado de vehículos, el CONCESIONARIO cumplirá con la obligación contenida en el Contrato dentro de los sesenta (60) minutos de haber sido reportada la emergencia o accidente.