CUADRO TARIFARIO EN LA ESTACIÓN HUATAYA

En cumplimiento de los articulos 48 y 49 Del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN, Comunicamos a nuestros usuarios el Tarifario por los servicios Obligatorios que brinda el CONCESIONARIO en el tramo vial Òvalo Chancay-Dv Variante Pasamayo-Huaral-Acos, estas
Tarifas entraran en vigencia a partir del 22 de Marzo del 2024.

Decreto Ley N° 22467

* Vehículos militares de la Fuerza Armada

* Vehículos de las fuerzas policiales

* Vehículos de la compañía de Bomberos

* Ambulancias de los servicios asistenciales médicos con distintivos.

Decreto Legislativo N° 1328

* Vehículos del Instituto Nacional Penitenciario (INPE)

Ley N° 24423

*Vehículos de la cruz roja peruana con su respectiva identificación.

* El cobro de la Tarifa será por el derecho de paso de los usuarios no exentos de pago a  través de  la estación de  peaje Huataya.

* Cada vehículo ligero pagará una Tarifa.

* Cada vehículo pesado pagará una Tarifa por cada eje.

OSITRAN mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 037-2012-CD-OSITRAN, determinó el Peaje por el uso del Tramo vial, la tarifa máxima por peaje y por eje es de dos con 00/100 nuevos soles ( S/. 2.00), monto que incluye el IGV y otros Tributos.

De acuerdo a la cláusula 9.6 del Contrato de Concesión, se faculta al Consorcio Concesión Chancay-Acos a realizar el ajuste del peaje a partir del año calendario siguiente al de la Fecha del Inicio de Explotación, la tarifa vigente se muestra en el cuadro de tarifa básica.

De acuerdo a los establecido en la Resolución N° 037-12-CD-OSITRAN, los usuarios beneficiarios de la tarifa Diferenciada son aquellas rutas de vehículo de transporte público que recorren hasta 33.6 km dentro de la Concesión y atraviesen por el punto del peaje.

La Tarifa diferenciada será reajustada de acuerdo a la cláusula 9.6 del Contrato de Concesión.

El procedimiento para acceder a la tarifa diferenciada de peaje se tramita ante el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), resultando de aplicación lo dispuesto en la sección 6 (Procedimiento para acceder a la tarifa diferenciada), sección 7 (Sticker que acredite haber accedido a la tarifa diferenciada) y Sección 8 (Vigencia de la Tarifa Diferenciada) de la Directiva N° 012-2004-MTC/20 “Criterios y Procedimientos para el Otorgamiento de Tarifas Diferenciadas de Peaje”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 556-2004-MTC/20 y sus respectivas modificatorias.

-Criterios y Procedimientos para el Otorgamiento de la Tarifa Diferenciada de Peaje 

 o Se exige el  pago  de  la  Tarifa a cada usuario no exento que  utilice  el Tramo Vial Óvalo Chancay-Dv Variante Pasamayo- Huaral-Acos, de conformidad  con la  tarifa vigente.

o La Tarifa, las  condiciones para  su  aplicación  y pago, así como los servicios obligatorios se aplican y se  prestan  conforme a lo establecido en el Contrato de Concesión.