Presenta tu Recurso de Reconsideración:

  • Contra lo resuelto por CHANCAY-ACOS, el usuario reclamante podrá interponer un recurso de reconsideración.
  • El recurso de reconsideración se interpone dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada la resolución.
  • El recurso de reconsideración será presentado ante la Gerencia de Operaciones de CHANCAY-ACOS y deberá sustentarse con una nueva prueba.
  • Este recurso es opcional y su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación.
  • CHANCAY-ACOS deberá pronunciarse en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles, contados desde su presentación.
  • Podrá presentar su recurso de reconsideración:
    -Por mesa de partes ubicada en la oficina administrativa de la unidad de peaje Huataya (km 36+900), en el horario: Lunes a viernes de 8:00 am hasta las 5:30 pm.
    -Por correo electrónico, caeccch@conalvias.com.pe
    -Recuerde presentar el formulario de recurso de Reconsideración adjuntando una nueva prueba.

Presenta tu Recurso de Apelación:

  • Procede la apelación contra la resolución expresa que resuelve el reclamo y/o contra la resolución expresa que resuelve el recurso de reconsideración.
  • El recurso de apelación se interpone dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada la resolución.
  • CHANCAY-ACOS deberá elevar el expediente debidamente foliado , al Tribunal de Controversias de OSITRAN en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados desde la fecha de su presentación.
  • Podrá presentar su recurso de apelación:
    -Por mesa de partes ubicada en la oficina administrativa de la unidad de peaje Huataya (km 36+900), en el horario: Lunes a viernes de 8:00 am hasta las 5:30 pm.
    -Por correo electrónico, caeccch@conalvias.com.pe
    -Recuerde presentar el formulario de recurso de apelación.

Presenta tu Recurso de Queja:

  • Los usuarios podrán interponer recurso de queja ante el Tribunal de Solución de Controversias de OSITRAN, en cualquier estado del procedimiento, por defectos en la tramitación del expediente y en especial:
    a) Cuando haya infracción a los plazos que supongan una paralización o retraso del procedimiento.
    b) Cuando se deniegue injustificadamente la concesión de los recursos de apelación y/o reconsideración; y,
    c) Cuando se concedan los recursos de apelación y/o reconsideración en contravención a lo dispuesto por las normas aplicables.
  • Su interposición no suspende la tramitación del procedimiento correspondiente.
  • En caso la queja se presente directamente ante CHANCAY-ACOS, ésta deberá remitirla directa e inmediatamente, dentro del mismo día de su presentación al Tribunal de Solución de Controversias del OSITRAN, de acuerdo al artículo 143° del TUO de la LPAG.
  • Recibida la queja, el Tribunal de Solución de Controversias del OSITRAN correrá traslado de la misma al CONCESIONARIO en el día de presentación de la queja, a fin de que este remita el informe que estime conveniente y el expediente, dentro del día siguiente.
  • La resolución expedida por el Tribunal de Solución de Controversias no es impugnable.
  • Podrá presentar su recurso de queja:
    -Por mesa de partes ubicada en la oficina administrativa de la unidad de peaje Huataya (km 36+900), en el horario: Lunes a viernes de 8:00 am hasta las 5:30 pm.
    -Por correo electrónico, caeccch@conalvias.com.pe
    -Recuerde presentar el formulario de recurso de queja.